NIF E-1: Actividades Agropecuarias (México)

NIF E-1: Actividades Agropecuarias. - photo of a vast farmland with diverse crops and farmers working diligently in the fields, representing the essence of agricultural activities
Descubre la NIF E-1: Actividades Agropecuarias en México. Conoce las directrices y prácticas contables clave para el sector agropecuario mexicano.

La evaluación del desempeño en una actividad agropecuaria implica reconocer que los ingresos se generan a lo largo del tiempo para todos los activos biológicos que están en fase de crecimiento y que se destinarán a la venta al final del proceso productivo. Este proceso, aunque generalmente tiene un ciclo de menos de un año, puede en ocasiones prolongarse, como en el caso de la engorda de ciertos animales que supera el año o en la silvicultura, donde los activos biológicos pueden tardar varios años en estar listos para la venta o para ser utilizados en procesos industriales.

Además, hay activos biológicos que a su vez producen otros activos biológicos, como plantas que generan frutas o animales destinados a la producción de productos agropecuarios como leche o lana. Estos activos tienen un período de crecimiento que se extiende varios años antes de entrar en la fase de producción.

La NIF E-1, que se enfoca en las actividades agropecuarias, ha sido desarrollada con el propósito de establecer las pautas contables adecuadas para este sector. En el marco de esta norma, las actividades agropecuarias comprenden agricultura, ganadería, silvicultura, piscicultura, apicultura, horticultura, floricultura y actividades afines. Dado el significativo papel que desempeñan estas actividades, el CINIF ha considerado fundamental mantener una NIF actualizada y relevante para este ámbito.

Origen y razón para emitir la NIF E-1

La razón fundamental que motiva la emisión de esta norma es la necesidad de modernizar el Boletín E-1, el cual aborda las actividades agropecuarias, para proporcionar directrices claras sobre cómo contabilizar los activos biológicos durante su proceso de transformación y al final de este proceso. Además, se detalla la valoración de los activos biológicos productores de otros activos biológicos o productos agropecuarios; por lo que el CINIF consideró importante la actualización del Boletín E-1, Agricultura (actividades agropecuarias). Este reconocimiento incluye aspectos como la valoración desde la etapa inicial de generación del activo biológico o el desarrollo del activo productor, su presentación en los estados financieros y las revelaciones necesarias para una comprensión completa de la situación financiera de entidades involucradas en estas actividades. La NIF E-1 fue aprobada por unanimidad por el Consejo Emisor del CINIF en noviembre de 2018 y entra en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2020. Se permite su aplicación anticipada a partir del 1° de enero de 2019.

Objetivo de la NIF E-1

El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas para la valuación, presentación y revelación para el reconocimiento inicial y posterior de los activos biológicos agrícolas, de los productos agrícolas en el momento de la cosecha, de las plantas productoras y de los subsidios gubernamentales que se otorguen a la actividad agrícola. Las disposiciones de ésta NIF son aplicables a todas las entidades que se dedican a las actividades agropecuarias (Agricultura, ganadería, silvicultura, piscicultura, apicultura, horticultura, floricultura y otras similares), que emiten estados financieros en términos de la NIF A-3.

Alcance de la NIF E-1

Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que se dedican a las actividades agrícolas, que abarcan la agricultura, ganadería, silvicultura y piscicultura que emiten estados financieros de uso general en los términos establecidos en la NIF A-3.

Esta NIF aplica al activo biológico que se está transformando, hasta el momento de su cosecha. De ese momento en adelante debe aplicarse la NIF C-4: Inventarios, al producto agrícola que está disponible para la venta o como materia prima para una transformación posterior. Aun cuando el proceso de transformación posterior podría ser una extensión lógica y natural de las actividades agrícolas, éste es en sí un proceso de industrialización de los productos agrícolas, cuyo reconocimiento contable esté normado en la NIF C-4.

Esta NIF no aplica al reconocimiento de:

  • Los terrenos en los cuales se desarrolla la actividad agrícola y a construcciones para llevar a cabo dicha actividad, los cuales se reconocen de acuerdo con la NIF C-6: Propiedades, planta y equipo.
  • Los activos intangibles relacionados con la actividad agrícola, los cuales se tratan en la NIF C-8: Activos intangibles.
  • El derecho de uso de propiedades, planta y equipo bajo arrendamiento, utilizados en la actividad agrícola, los cuales se tratan en la NIF D-5: Arrendamientos.

Reconocimiento de la NIF E-1

Una entidad debe reconocer un activo biológico, un activo biológico productor o un activo agropecuario sólo cuando:

  • Controla el activo como resultado de eventos pasados (Ejemplo: el control puede ser evidenciado cuando se tiene la propiedad de los animales desde su nacimiento, y estos son herrados o marcados o, por la posesión legal del terreno en el cual se están transformando los activos biológicos).
  • Es probable que fluirán a la entidad beneficios económicos futuros asociados con el activo.
  • El costo de adquisición o valor razonable del activo biológico puede determinarse. (El costo de adquisición es el que se incurre para transformar el activo biológico, el cual incluye nutrientes, pesticidas, agua, otros insumos, depreciación de propiedades, planta y equipo, y, en su caso, costo de financiamiento) y, (El valor razonable es el precio de salida que se recibirá por vender un activo, en una transacción entre participantes del mercado).

Valuación en la NIF E-1

Los activos biológicos deben valuarse a su costo de adquisición o a su Valor Razonable Menos Costos de Disposición (VRMCD) según el tipo de activo de que se trate, como sigue:

  • Los activos biológicos productores deben valuarse a su costo de transformación y depreciarse en la vida en que éstos producen activos biológicos o productos agropecuarios.
  • Los activos biológicos que serán cosechados deben valuarse a su costo de transformación y posteriormente a su VRMCD, a menos de que sea impráctico determinarlo por no disponer de información al respecto.
  • Los productos agropecuarios deben valuarse a su VRMCD al momento en que son cosechados.

Presentación de la NIF E-1

Balance General

La entidad debe presentar los activos biológicos clasificados en corto y largo plazo en atención a su disponibilidad o uso. Se clasifican a largo plazo los activos biológicos productores en crecimiento, cuyo proceso de transformación será mayor a un año.

Los subsidios gubernamentales deben reconocerse cómo cuentas por cobrar cuando están devengados y sean exigibles y, cómo pasivos cuando no se han devengado y puede exigirse su devolución.

Estado de Resultados Integral

Deben presentarse por separado los ingresos por la venta de productos agropecuarios y la ganancia o pérdida por la valuación a VRMCD de los activos biológicos en proceso de transformación.

Deben presentarse por separado los ingresos por subsidios gubernamentales o revelar el rubro en el que se disminuyó (Si el subsidio afectó costos o gastos incurridos).

Revelación de la NIF E-1

Las revelaciones deben realizarse en función a lo siguiente:

  • Actividad de la entidad: Describir la naturaleza de las actividades, indicar los productos agropecuarios que obtiene.
  • Revelaciones cuantitativas: Se debe revelar los distintos tipos de activos biológicos en transformación y cuando llegarán a su madurez, el valor de disposición estimado, los activos biológicos restringidos y los compromisos adquiridos para el desarrollo o adquisición de activos.
  • Revelaciones sobre activos biológicos productores: Describir el activo biológico productor, los biológicos que éstos producen, la vida útil productiva (Separando por tipo y rango de edad).
  • Revelaciones sobre activos biológicos valuados al costo: Se debe explicar por qué es impráctico determinar el VRMCD, la ganancia o pérdida reconocida en la venta de dicho activo biológico y los movimientos de cada grupo de productos durante el periodo.
  • Revelaciones sobre activos biológicos valuados al VRMCD: Se debe manifestar los movimientos del valor en libros de los activos biológicos valuados, clasificando por tipo de producto. Revelar por separado el monto de los cambios físicos y cambios de precio.


Subsidios Gubernamentales. Criterio aplicable en la NIF E-1

El reconocimiento de subsidios gubernamentales va en función a lo siguiente:

  • Subsidio incondicional. Reconocerse como ingreso a medida que se devenga y se convierte en exigible.
  • Subsidio Condicionado. Reconocerse como ingreso únicamente cuando las condiciones para recibirlo se cumplan y sea exigible.

Debe revelarse la naturaleza y monto de los subsidios que se hayan reconocido, así como las condiciones pendientes de cumplimiento y las contingencias.

Recomendaciones al aplicar la NIF E-1

Con el propósito de aplicar la norma de manera adecuada, es esencial que las entidades que se dedican a actividades agropecuarias consideren las siguientes recomendaciones:

  1. Inicialmente, es importante identificar y clasificar los activos biológicos, los activos biológicos productores y los productos agrícolas cosechados, según corresponda a su actividad.
  2. Luego, evaluar si estos activos cumplen con los requisitos necesarios para su reconocimiento contable.
  3. La valoración de estos activos debe realizarse de forma individual, ya sea al costo o al valor razonable menos los costos de disposición (VRMCD). Es fundamental documentar adecuadamente esta valoración.
  4. Las revelaciones que se efectúen en los estados financieros deben ser acordes a la naturaleza de las actividades y al tipo de activos biológicos y productos agropecuarios involucrados.
  5. Si la entidad ha recibido subsidios gubernamentales, es crucial que estos se reconozcan en el momento en que sean exigibles, y se debe documentar una política contable consistente para su aplicación.

Convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera

La principal distinción respecto a lo que se establece en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 41, que aborda el tema de la Agricultura, radica en la decisión del CINIF de ampliar el alcance de los activos biológicos productores para incluir tanto plantas como animales. Estos activos deben ser valorados a su costo de transformación, tratándolos como si fueran equipos internamente construidos en una industria. En contraste, la NIC 41 sugiere que, dado que los animales suelen tener un valor de mercado, incluso si son activos biológicos productores, deben valorarse a su valor razonable menos el costo de disposición. No obstante, el CINIF argumenta que, dado que estos animales no están disponibles para la venta, deberían valorarse a su costo de transformación. En caso de que estén disponibles para la venta, se aplicaría el enfoque indicado en la NIF B-11, que aborda la disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas.

Además, la NIF E-1 establece que los activos biológicos se valoran primero a su costo de transformación y, solo si es posible determinar un valor razonable menos los costos de disposición (VRMCD), se valoran a dicho valor. En contraste, la NIC 41 sugiere un procedimiento inverso, enfatizando la valoración de los activos biológicos a su VRMCD, reconociendo los ingresos correspondientes. Solo cuando no se puede determinar este valor, se valúan los activos biológicos a su costo. Cabe destacar que, en última instancia, ambos procedimientos conducen al mismo valor. La razón detrás de la priorización del costo en la NIF E-1 radica en la práctica común en México, que generalmente valora los activos biológicos a su costo debido a la falta de mercados organizados que permitan determinar el VRMCD en diversas etapas de la vida de estos activos, siendo solo posible determinarlo en el momento de la cosecha.

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Preguntas frecuentes

¿Qué se aborda en la NIF E-1: Actividades Agropecuarias?

La NIF E-1 establece pautas contables específicas para las actividades agropecuarias en México, incluyendo la valoración y el reconocimiento de activos biológicos y productos agropecuarios.

¿Cuáles son las actividades consideradas en la NIF E-1?

Las actividades agropecuarias cubiertas por la NIF E-1 incluyen agricultura, ganadería, silvicultura, piscicultura, apicultura, horticultura, floricultura y actividades afines.

¿Cómo se valúan los activos biológicos en estas actividades?

Los activos biológicos se valoran a su costo de transformación. En caso de que sea posible determinar un valor razonable menos los costos de disposición (VRMCD), se pueden valorar a ese valor.

¿Cuál es la diferencia clave con las normativas internacionales?

La NIF E-1 se diferencia en que valora los activos biológicos al costo de transformación, mientras que algunas normativas internacionales utilizan el VRMCD como base principal de valoración.

¿Qué se debe revelar en los estados financieros según esta norma?

La NIF E-1 establece que las revelaciones deben adecuarse a la naturaleza de las actividades y los tipos de activos biológicos y productos agropecuarios. Se requiere documentar la valuación, el reconocimiento y otros aspectos relevantes.

¿Qué sucede con los subsidios gubernamentales?

En el caso de subsidios gubernamentales, se deben reconocer cuando sean exigibles y documentar una política contable coherente para su aplicación.

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